Diez razones para superar la trampa de los 180 días de clase… soltar para cambiar
En 2003 se sancionó la ley 25864 que establece un piso mínimo de 180 días de clase en todos los establecimientos de los niveles inicial, primario y medio de la Argentina. Como todas las leyes de ese período, contó con alto consenso y nula concreción: desde 2004 se pudo alcanzar el piso de 180
A pesar de esta evidencia, insistimos con un calendario escolar no ya de 180 sino de ¡190! días. ¿Funcionará? ¿Si no saltamos la vara de 180, podremos saltar la de 190?
Dicen: “es una buena ley que no se cumple” pero no es cierto, es una trampa: las buenas leyes son buenas porque, entre otras cosas, son cumplibles. Esta es una mala ley con un mal enfoque educacional que hay que superar por 10 razones:
1. La ley establece que quienes deben cumplir con el mínimo de días son “los establecimientos”. Sin embargo, no existe ni en la ley ni en la práctica ningún formato respecto del cumplimiento de los días de clase por parte de cada escuela.
2. En consecuencia, los 180 días son “de la provincia” y no de cada escuela: provincia X cumplió y B no.
3. El conteo de días de clase es lisérgico: la ley considera “día de clase” si se completa por lo menos la mitad de sus horas reloj. O sea, un día equivale a medio día o, expresado aritméticamente, 1 = 0,5.
4. La falta de contralor ha generado respuestas astutas. Muchos decían cumplir con el piso de 180 pero cuando se contaba día por día en los calendarios escolares, la cuenta daba menos… Por ejemplo, le decían “día de clase” al día con solo mesas de examen del secundario o jornadas docentes. Esto fue reclamado por especialistas, ONGs y medios de comunicación y con el tiempo se fue corrigiendo para el nivel inicial y el primario, aunque en las escuelas medias el artilugio subsiste
5. ¿Qué pasa si un establecimiento no cumple con los 180 días de clase? La ley dispone que las autoridades provinciales deberán adoptar medidas para compensar los días perdidos, hasta completar el mínimo establecido. ¿Qué pasa si las autoridades no adoptan medidas? Nada dice la ley. ¿Qué pasa si se toman medidas pero los establecimientos no completan el mínimo? Tampoco dice.
6. La ley fija 180 días de onda. No exige, lo pide de onda, sin precisar consecuencias. Por eso, ¿para qué contar los días en las escuelas? ¿De onda?
7. Cuando no hay paros docentes nos apuramos a festejar. ¡Cumplimos con los días de clase! Pero esto no es necesariamente cierto pues no sabemos si cada uno de los establecimientos estuvo abierto y con clases ni cuantos cerrados por paro de no docentes, porque falta de agua, porque se taparon las cloacas o el pozo ciego, porque hay cortes de luz, partido de fútbol en la calle vecina (cuidar a las barras es prioridad nacional), día del patrono, capacitación docente, desinfección, día del municipio, paro de transporte y un listado interminable que parecen tonterías hasta que se constata la discontinuidad pedagógica y el incumplimiento de una ley incumplible.
8. En el mundo de las escuelas reales las cosas se ponen peores. Suponiendo que el establecimiento esté abierto los beneméritos 180 días, eso no se traduce en clases efectivas, como marca la ley. Muchas veces, en escuelas abiertas no hay clases por inasistencia docente y falta de suplente. Esto implica que en un mismo establecimiento unos alumnos pueden tener 180 días de clase y otros no. En las escuelas medias se da el caso de que un mismo curso tiene todas las clases de una materia, pero no de otra. Pero si no hay paro contamos 180 y chau
9. Los ciclos lectivos no son infinitos. En un año hay 365 días de los cuales 104 son sábados y domingos. De los 261 restantes hay dos semanas de receso invernal y unos 15 feriados nacionales más el día del maestro y del estudiante por lo que el saldo es de 230 dependiendo años y feriados puente. Con 180 días de clase quedan unos 40/50 días remanentes, de los cuales unos 30 son días hábiles entre el 23 de diciembre y carnaval, que es cuando ocurre el receso de verano y las vacaciones de docentes. En resumen, el margen real para que una ampliación del número de días de clase es muy limitado y no queda otra que arrancar a mediados de febrero y terminar el 22 de diciembre para prometer 190 días reales: un esfuerzo enorme que no garantiza 190 días reales para cada chico…
10. Entonces ¿para qué? Si cumplimos con los 180 días de clase lo estaríamos haciendo burocráticamente y no en la realidad de las escuelas y los alumnos. Estamos atrapados en un como sí de un esquema que se retroalimenta negativamente
Soltar para cambiar en serio
1. Los 180 días de clase no deben ser un piso sino una meta escolar, que una vez lograda puede pasar a ser mayor. Esto desdramatiza el número 180: pequeñas variaciones no hacen grandes diferencias cuando hay un proyecto y responsabilidad por los resultados, pero más días de clase siempre es mejor.
2. La meta debe ser de cada escuela, de cada grado, de cada curso, en cada asignatura, de cada docente y de cada alumno. Todos proponiéndonos alcanzarla. Y los gobiernos apoyando y reconociendo
3. El conteo de días de clase debe ser para la escuela, la sala en inicial, el grado en primaria y la asignatura en secundaria. Este conteo debe ser público y toda la comunidad educativa debe estar informada de los logros y las razones de las dificultades
4. El día o la hora de clase perdidos deben recuperarse, aunque, obviamente, esto a veces no es pedagógicamente necesario. La recuperación se da con el mismo criterio: grado/sala y asignatura en secundario
5. Las autoridades escolares en cuyos establecimientos el resultado sea muy lejano a los 180 días, deberán informar los motivos y, en conjunto con las autoridades, solucionar las causas y formular metas realistas para recuperar y seguir en cada caso
Así cada año habrá más y más escuelas, grados y cursos logrando la meta y dedicándose a utilizar todo ese precioso tiempo a más y mejores aprendizajes para los alumnos. Y pensando que el siguiente desafío cuantitativo ya no será la cantidad de días sino la cantidad de horas reales de escolarización
Comentarios y sugerencias son bienvenidos
Permitida su reproducción citando la fuente